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IMPORTANTE - INGRESO A LA ARGENTINA: NUEVOS REQUISITOS .• Información actualizada al 04/03/2021

• Información vigente hasta  el 12/03/2021 inclusive
• Se recomienda leer detenidamente la siguiente información.
• Se sugiere permanecer permanentemente informado, a través de páginas oficiales, respecto a posibles nuevas medidas.
https://www.argentina.gob.ar/.../migraci.../ddjj-migraciones
El ingreso de extranjeros al territorio nacional está prohibido, salvo en casos que la Dirección Nacional de Migraciones autorice específicamente por alguna de las causas: reunificación familiar, trabajo, salud, razones humanitarias. Asimismo, las únicas vías de acceso son el Aeropuerto de Ezeiza y la terminal Buquebus del puerto de Buenos Aires ya que las fronteras terrestres se encuentran cerradas.
El Gobierno nacional prorrogó hasta el 12 de marzo de 2021 inclusive, las pautas para el ingreso y egreso al país que incluyen, entre otros puntos, la suspensión de vuelos desde y hacia Gran Bretaña e Irlanda del Norte más la recomendación para los nacionales y residentes extranjeros, en particular los mayores de 60 años y personas pertenecientes a los grupos en riesgo, a diferir sus viajes al exterior, con excepción de trabajadores esenciales.
A través de la Decisión Administrativa 155/2021, continúan suspendidos los vuelos desde y hacia el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del norte, a raíz del surgimiento de la nueva cepa de Covid-19.
Asimismo, tal como establecía la anterior decisión administrativa, a partir de febrero se reducirá la frecuencia de los vuelos con Estados Unidos, México y Europa en un 30% y con Brasil en un 50%. Por este motivo, quienes tengan tickets desde o hacia alguno de estos destinos, deben consultar con la aerolínea antes de ir al aeropuerto.
Además, el ingreso de personas extranjeras al territorio nacional queda restringido, salvo casos expresamente autorizados por la Dirección Nacional de Migraciones (DNM), dependiente del Ministerio del Interior que conduce Wado de Pedro, cuando se trate de reunificación familiar, cuestiones laborales o de salud.
Por su parte, los argentinos nativos y extranjeros residentes en el país pueden transitar por los pasos habilitados que son los aeropuertos de Ezeiza y San Fernando y la terminal de Buquebus en Buenos Aires.
En tanto, quienes salgan del país deberán completar la Declaración Jurada Electrónica, disponible en la página de Migraciones, dentro de las 48 horas previas a abordar y cumplir con los requerimientos del lugar de destino.
Para el ingreso al país, los pasos habilitados son Ezeiza, San Fernando y la terminal Buquebus. Todos deberán completar DDJJ electrónica (48 horas previas al embarque), adjuntar un PCR negativo (muestra 72 horas del embarque) y realizar una cuarentena de 7 días. Las personas extranjeras autorizadas además deberán adjuntar seguro médico Covid y tanto el PCR como el seguro serán requeridos para abordar.
El Ministerio de Salud en conjunto con Cancillería elaboraron un listado de países que ofrecen PCR con resultado en menos de 72 horas y quienes provengan de estos destinos deberán presentarlos sin excepción. Se puede consultar en: https://www.argentina.gob.ar/.../ing.../test-pcr-obligatorio
Aquellas personas que presentado COVID-19 positivo, en los 90 días previos al ingreso al país, confirmado por laboratorio, no deberán presentar la prueba PCR de resultado negativo para su ingreso al territorio nacional. Tendrán que acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y agregar el alta médica luego de haber transcurrido más de diez días de dicho diagnóstico.
Las fronteras terrestres permanecerán cerradas para el tránsito, excepto para el comercio internacional. Por vía terrestre solo podrán reingresar argentinos y residentes que salieron del país antes del 25 de diciembre de 2020 (fecha de cierre de frontera).
Quienes salieron con posterioridad, firmando el consentimiento de conocer la imposibilidad de regresar por un paso terrestre y aún así viajaron, deberán ingresar a través de los aeropuertos o puerto habilitados, con PCR negativo y cuarentena de 7 días.
Los pasos fronterizos de San Sebastián (en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur) e Integración Austral (Santa Cruz) quedan exceptuados de la restricción de egresos e ingresos, para garantizar el tránsito con la República de Chile y la conexión con Argentina. El resto de las fronteras terrestres estarán cerradas, excepto para el comercio internacional.
Personas exceptuadas del cumplimiento de los requisitos:
1) Personal de transporte internacional y tripulaciones quedan exentos de los requisitos, bajo la aplicación de los protocolos sanitarios específicos, en el ejercicio exclusivo de su actividad.
2) Para el caso de los deportistas enmarcados en protocolos específicos para eventos deportivos, previa autorización de la DNM y autoridad Sanitaria. Su actividad será supervisada por el Ministerio de Turismo y Deportes.

Fecha de Publicación : 04/03/2021